Funcionarios del Tribunal Electoral y miembros del Cuerpo de Delegados Electorales, continuaron este fin de semana con la labor de retiro de propaganda política instalada en sitios prohibidos, según lo contempla el Código Electoral en el artículo 203.
A pesar de que el Código Electoral, en su artículo 412 estipula sanciones con multas de cincuenta balboas (B/50.00) a mil balboas (B/1,000.00) y el decomiso o remoción de la propaganda política fija a las personas o candidatos que violen las disposiciones contempladas en el artículo citado algunos candidatos han hecho caso omiso a esta disposición.
El TE reitera que está prohibida la colocación de propaganda política fija en sitios púbicos; como: monumentos y sitios de interés histórico y cultural, pasos elevados y lugares en los que se obstruya la visibilidad mínima o se ponga en peligro la seguridad vehicular o de las personas.
De igual forma, queda restringida la colocación de propaganda en las casetas de peajes de las autopistas, coliseos deportivos, hospitales, asilos, colegios, iglesias y templos; en los tendidos eléctricos, excepto en los postes. Tampoco podrá fijarse en los árboles y en bienes inmuebles, sin previa autorización de sus propietarios, administradores y ocupantes. Sin afectar la libre circulación y seguridad de los ciudadanos.
El material decomisado se encuentra en la Dirección Provincial de Organización Electoral de Panamá Centro.