El caso de Saúl Méndez se ha convertido en una encrucijada que combina derecho penal, diplomacia y geopolítica. Lo que está en juego no es solo la suerte personal de un dirigente sindical panameño, sino también la solidez de los mecanismos de cooperación judicial en América Latina.
Objetivos inmediatos
Para Méndez, la prioridad es evadir la acción de la justicia panameña. Su apuesta por Nicaragua no es casual: el país centroamericano ha demostrado en múltiples ocasiones que utiliza el asilo como herramienta política. Esto lo informó la periodista venezolana Nitu Pérez Osuna en su cuenta de X (antiguo Twitter). El ejemplo del expresidente salvadoreño Mauricio Funes resulta elocuente. Una vez naturalizado como ciudadano nicaragüense, El Salvador perdió toda posibilidad de reclamarlo, porque la Constitución de ese país prohíbe la extradición de sus nacionales. Si Méndez lograra un camino similar, quedaría blindado frente a Panamá.
Desde Managua, la estrategia apunta a consolidar capital político. El gobierno de Daniel Ortega y Rosario Murillo ha hecho del asilo una pieza de su política exterior, utilizándolo como mecanismo de alineamiento ideológico y como desafío a los marcos de cooperación regional. Ofrecer refugio a un dirigente panameño encajaría perfectamente en esa narrativa: proyectar la idea de que se protege a perseguidos políticos, incluso cuando los expedientes judiciales muestran otra cara.
Para Panamá, la meta es distinta y mucho más precisa: mantener el caso en el terreno de los delitos comunes. El expediente contra Méndez habla de estafa agravada, asociación ilícita y falsificación de documentos, cargos que en derecho internacional no se confunden con persecución política. Esa es la línea que Panamá debe defender, porque es ahí donde los tratados internacionales le otorgan respaldo.
Causas y motivaciones
Las causas que explican esta huida tienen varios niveles. En el plano judicial, las imputaciones que pesan sobre Méndez son estrictamente delictivas, lo que significa que no aplica la excepción de “delito político” con la que en otros tiempos se han protegido opositores y exiliados.
En el plano político, su salida del país y la posible solicitud de asilo pretenden reconfigurar el caso penal como una supuesta persecución. La narrativa del perseguido político es funcional para activar la protección del Artículo 3 de la Constitución de Interpol, que impide a la organización involucrarse en asuntos de naturaleza política.
En el plano geopolítico, Nicaragua busca enviar un mensaje a la región: que está dispuesta a desafiar la cooperación judicial interamericana y a utilizar el asilo como un arma política. La acogida de Méndez se transformaría así en un gesto simbólico, más allá del individuo en cuestión.
La Alerta Roja de Interpol
La Alerta Roja contra Méndez sigue vigente. Su función es permitir la detención provisional de la persona buscada, con miras a la extradición. Sin embargo, la eficacia de esta herramienta depende en gran medida de la voluntad política del país donde se encuentre.
Si Méndez transitara por un territorio dispuesto a cooperar, podría ser detenido. Pero en una ruta directa entre Venezuela y Nicaragua, las probabilidades se reducen considerablemente. En el escenario nicaragüense, lo más previsible es que solicite asilo territorial. Panamá, en ese caso, podría pedir su extradición con base en la Convención de Montevideo sobre Extradición de 1933. No obstante, Managua tendría la opción de rechazar la solicitud alegando motivaciones políticas.
El escenario más complejo sería una naturalización exprés. Si Nicaragua le concede la nacionalidad, la extradición quedaría jurídicamente bloqueada, como ya ocurrió con el expresidente Funes.
Lo correcto e incorrecto en derecho internacional
El marco jurídico interamericano es claro. Lo correcto es invocar los tratados vigentes, en especial la Convención de Montevideo, que obliga a los Estados a entregar a procesados por delitos comunes salvo excepciones muy concretas. También es correcto que Panamá insista en que se trata de delitos comunes y que garantice un proceso con todas las garantías legales, evitando dar argumentos a la defensa.
Lo incorrecto sería conceder asilo a una persona procesada por delitos comunes, práctica que contradice el espíritu de la Convención de Caracas sobre Asilo Diplomático de 1954. Aunque aquí se trataría de asilo territorial, la doctrina regional ha sido clara en trazar la diferencia. Igual de errado sería que las autoridades panameñas politicen el caso, porque cualquier exceso retórico terminaría reforzando la narrativa de persecución que busca instalar Méndez.
Cómo debe responder Panamá
La respuesta panameña debe ser técnica y sobria. Primero, consolidar un expediente de extradición impecable, con evidencias claras que refuercen la legitimidad del proceso. Segundo, activar la diplomacia preventiva, recordando a Nicaragua —a través de notas verbales— que el asilo para delitos comunes contradice la práctica interamericana.
En el plano comunicacional, el mensaje debe ser breve y contundente: este es un caso de delitos comunes y Panamá garantiza un juicio con todas las garantías de la ley. Nada más, nada menos. Cualquier adjetivo de más puede convertirse en un arma para la defensa.
Finalmente, si Managua concede el asilo o incluso la nacionalidad, Panamá deberá escalar el caso a instancias multilaterales, como la OEA, denunciando la falta de cooperación judicial y buscando respaldo regional.
Conclusión
La situación de Saúl Méndez es un punto de choque entre el derecho penal y el uso político del asilo. Si Nicaragua decide protegerlo, Panamá se encontrará frente a un bloqueo jurídico difícil de superar. La salida no está en la confrontación ideológica, sino en una estrategia jurídica, diplomática y comunicacional de precisión.
Defender el carácter común de los delitos, activar los tratados interamericanos y mantener un discurso sobrio son las piezas que permitirán a Panamá sostener su posición. Así no solo defiende su jurisdicción, sino que también proyecta una imagen de Estado que respeta las reglas y exige reciprocidad en su cumplimiento.