De acuerdo a las reformas introducidas al Código Penal, las cuales entrarán a regir partir del 2008, se impondrán sanciones de hasta de tres años de prisión para aquellos atenten contra la vida de los animales.
La normativa señala como delito en el capítulo 11, la muerte no autorizada de un animal doméstico.
La disposición referente a delitos contra la vida animal, fue propuesta por activistas, durante las discusiones del proyecto 255 ante el Pleno de diputados, con el fin de sancionar a las personas que practiquen dicha conducta.
El artículo 406-A, establece que quien sin la autorización de un médico veterinario, cause la muerte a un animal doméstico, será sancionado con prisión de uno (1) a tres (3) años o su equivalente en arresto de los fines de semana.
La medida cobra fuerza, luego de la actitud asumida por cuatro estudiantes en la provincia de Chiriquí que causaron mediante asfixia, la muerte injustificada de un perro para obtener una calificación en ciencia.
Sobre este hecho, Veluzka Lezcano, de la Asociación de Amigos de los Animales, dijo que las autoridades no pueden hacer oídos sordos ante el tema, tomando en cuenta que Panamá al igual que el resto del mundo, celebró en la semana transcurrida, el Día Mundial de la Bondad y Protección Hacia los Animales.
Recordó, por otra parte, que el Gobierno adoptó la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, en cuyo texto se establece la manera de cómo pueden sacrificarse.
El artículo 406-B impone penas de arresto de seis meses a (1) año a quien intencionalmente lesione a un animal doméstico.
La sanción será de uno (1) a dos (2) años si el autor del hecho es el custodio del animal o si, como consecuencia del hecho, sobreviene la muerte del animal.