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¿Democracia en ejercicio o arma política disfrazada? El Tribunal Electoral autoriza la recolección de firmas para revocar a la diputada Paulette Thomas

Sep 1, 2025
Análisis Paulette Thomas - Tu Política - Revocatoria de Mandato
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Tabla de contenidos

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  • Introducción
  • Los actores del proceso y sus motivaciones
  • El fundamento legal cuestionable
  • Los cambios procedimentales sospechosos del Tribunal Electoral
  • El desafío de las 50,162 firmas requeridas
  • Los mensajes contradictorios sobre democracia participativa
  • Las falacias en la argumentación de la revocatoria
  • La instrumentalización política del mecanismo
  • Los riesgos para la gobernabilidad democrática
  • Sugerencias para mejorar el marco institucional
  • Los mecanismos podrían ser también un arma política
  • Preguntas frecuentes sobre la revocatoria de mandato en Panamá

Introducción

El Tribunal Electoral de Panamá autorizó el 27 de agosto de 2025 la recolección de 50,162 firmas para iniciar el proceso de revocatoria de mandato contra la diputada Paulette Thomas, representante del circuito 8-3. La decisión marca un hito en la aplicación de este mecanismo democrático en el país y revela las tensiones entre la participación ciudadana y el uso político de las instituciones.

La revocatoria surge de una solicitud presentada por Rubén Darío De la Rosa, quien fue compañero de nómina de Thomas en la coalición Vamos durante las elecciones de 2024. El fundamento principal radica en el voto de la diputada a favor de la Ley 462, que reformó el sistema de la Caja de Seguro Social (CSS) y desató protestas masivas en el país. Este proceso plantea interrogantes sobre la naturaleza de los mecanismos democráticos cuando son instrumentalizados por motivaciones aparentemente personales.

Los actores del proceso y sus motivaciones

La figura central de este proceso es Rubén Darío De la Rosa, quien no logró obtener una curul en las elecciones de 2024 pese a competir en la misma nómina que Thomas por la coalición Vamos. Thomas ha caracterizado la revocatoria como «100% política» y lamentado que «el golpe provenga de una persona que pertenece a la coalición Vamos». Esta percepción sugiere que el mecanismo podría estar siendo utilizado como venganza personal más que como ejercicio legítimo de control ciudadano.

La diputada Thomas, por su parte, mantiene una posición defensiva pero firme. Ha declarado que volvería a votar «exactamente igual» por la Ley de la CSS si se presentara nuevamente, argumentando que tomó «una decisión muy bien pensada en beneficio de la Nación» tras consultar con especialistas, actuarios y abogados. Su defensa revela una comprensión del mandato legislativo como responsabilidad técnica más que como representación directa de la voluntad popular.

El fundamento legal cuestionable

El análisis del marco jurídico revela debilidades significativas en la solicitud de revocatoria. Según el artículo 151 de la Constitución, los diputados por libre postulación pueden ser revocados por tres causales específicas: cambio de residencia electoral fuera del circuito, condena por delito doloso, o decisión de los electores mediante referéndum revocatorio.

Thomas ha señalado que la solicitud «ni siquiera invoca realmente el causal» y que no encaja en ninguna de las tres categorías establecidas. El diputado Ernesto Cedeño ha ido más lejos, calificando el proceso como «abiertamente inconstitucional» y argumentando que «los diputados no pueden ser sancionados por los votos que emitan en el ejercicio de sus cargos». Esta interpretación sugiere que el Tribunal Electoral podría estar validando un proceso sin fundamento constitucional sólido.

Los cambios procedimentales sospechosos del Tribunal Electoral

El Tribunal Electoral introdujo modificaciones sustanciales al proceso de revocatoria apenas dos días antes de conocerse los nueve procesos activos contra autoridades electas. Los cambios eliminaron herramientas tecnológicas que facilitaban la recolección de firmas, como el canal digital, kioscos de autoservicio y aplicaciones biométricas, restringiendo el proceso exclusivamente a las oficinas presenciales del TE.

Estas modificaciones generan suspicacias sobre el momento de su implementación. El presidente del TE, Narciso Arellano, justificó los cambios por «falta de presupuesto», una explicación que contrasta con la naturaleza estratégica del timing. La restricción a métodos presenciales complica significativamente la recolección de firmas, especialmente en circuitos extensos como el 8-3, que abarca nueve corregimientos del distrito de Panamá.

El desafío de las 50,162 firmas requeridas

La meta de 50,162 firmas representa el 30% del padrón electoral del circuito 8-3, que cuenta con 167,207 electores. Esta cifra debe recolectarse en un plazo de 120 días debido al tamaño del padrón electoral. La magnitud del desafío es considerable: requiere obtener aproximadamente 418 firmas por día calendario durante todo el periodo.

El circuito 8-3 comprende comunidades diversas como San Felipe, El Chorrillo, Santa Ana, Curundú, Ancón, Bella Vista, Betania, Pueblo Nuevo y Calidonia. Esta geografía presenta diferentes realidades socioeconómicas y niveles de participación política, lo que complica una movilización homogénea. La restricción a métodos presenciales significa que los activistas deben conducir físicamente a cada firmante hasta las oficinas del TE, un proceso logísticamente complejo.

Los mensajes contradictorios sobre democracia participativa

El discurso oficial presenta la revocatoria como ejercicio democrático legítimo. González, director de Organización Electoral del TE, explicó que «las revocatorias solo pueden iniciarse una vez que el funcionario cumpla al menos un año de gestión», sugiriendo un marco temporal que permite evaluación del desempeño. Sin embargo, la aplicación práctica revela contradicciones.

Thomas ha enfatizado que durante su primer año mantuvo «una política de puertas abiertas» y trabajó «de cerca con las comunidades de su circuito». Entre sus logros destaca «la aprobación de una ley que aumenta las penas para violadores de niños, mujeres, adultos mayores y personas con discapacidad», sugiriendo un trabajo legislativo activo más allá del polémico voto sobre la CSS.

Las falacias en la argumentación de la revocatoria

La solicitud de De la Rosa se basa «principalmente en que la diputada votó a favor del proyecto de ley 163, el cual se convertiría en la Ley 462 de la Caja de Seguro Social». El documento enumera «las pérdidas económicas posteriores que se produjeron a causa de las huelgas y manifestaciones en protesta a la ley», estableciendo una cadena causal que presenta varias falacias lógicas.

Falacia de falsa causa: La solicitud asume que Thomas es responsable directa de las pérdidas económicas por protestas, ignorando que las manifestaciones respondieron a múltiples factores y que la decisión legislativa fue colectiva (48 votos a favor).

Falacia de composición: Atribuir a un voto individual las consecuencias de una decisión colectiva de la mayoría legislativa ignora la naturaleza colegiada del proceso parlamentario.

Falacia ad consequentiam: Juzgar la validez del voto legislativo por sus consecuencias posteriores socava el principio de independencia parlamentaria y la separación de poderes.

La instrumentalización política del mecanismo

El caso revela cómo mecanismos diseñados para el control ciudadano pueden ser capturados por intereses particulares. De la Rosa, quien «no logró concretar su aspiración de convertirse en diputado», utiliza un instrumento democrático para objetivos aparentemente personales. Thomas lo ha caracterizado como alguien que «no logró el favor popular en las urnas y ahora recurre a esta figura legal para intentar invalidar un mandato otorgado por el pueblo».

Esta dinámica plantea un problema sistémico: cuando los requisitos para iniciar revocatorias son «sumamente laxos» y «cualquier persona, con quién sabe qué oscuras intenciones, puede llevar a cabo estas situaciones», el mecanismo se pervierte. La ausencia de filtros robustos permite que motivaciones espurias se disfracen de participación ciudadana.

Los riesgos para la gobernabilidad democrática

La proliferación de procesos de revocatoria —nueve en total contra autoridades electas por libre postulación— sugiere un uso sistemático del mecanismo que trasciende casos individuales. Esta tendencia podría generar inestabilidad institucional y desincentivar la participación política independiente.

Los diputados independientes enfrentan un dilema: votar según conciencia técnica arriesga revocatorias basadas en popularidad de las decisiones, mientras que votar según percepciones populares compromete la calidad de las decisiones legislativas. Esta dinámica favorece el populismo sobre la responsabilidad gubernamental.

Sugerencias para mejorar el marco institucional

Fortalecimiento de los requisitos de admisibilidad: El TE debería exigir fundamentación constitucional específica antes de admitir solicitudes, no simplemente verificar formalidades. Los solicitantes deberían demostrar cómo la conducta del funcionario encaja en las causales establecidas constitucionalmente.

Evaluación de motivaciones: Se requiere un mecanismo para evaluar si las solicitudes responden a control ciudadano legítimo o instrumentalización política. Esto podría incluir audiencias públicas donde los solicitantes expliquen sus motivaciones y los afectados puedan defenderse.

Revisión del timing de las modificaciones procedimentales: Las reglas del juego no deberían modificarse cuando hay procesos activos. El cambio de procedimientos en julio de 2025, días antes de conocerse las solicitudes, genera suspicacias legítimas sobre manipulación del proceso.

Establecimiento de consecuencias por solicitudes frívolas: Los solicitantes que presenten revocatorias sin fundamento constitucional deberían enfrentar sanciones para desincentivar el uso abusivo del mecanismo.

Fortalecimiento del debido proceso: Las autoridades sujetas a revocatoria necesitan mayor tiempo y recursos para su defensa. El proceso actual favorece excesivamente a los solicitantes.

Los mecanismos podrían ser también un arma política

La autorización del Tribunal Electoral para recolectar firmas contra Paulette Thomas representa más que un caso individual: es síntoma de cómo los mecanismos democráticos pueden ser distorsionados cuando carecen de salvaguardas adecuadas. La revocatoria, diseñada para fortalecer la democracia participativa, se convierte en arma política cuando los requisitos son laxos, los procedimientos son manipulables y las motivaciones permanecen sin escrutinio.

El caso Thomas revela las tensiones inherentes entre representación técnica y demanda popular en sistemas democráticos modernos. Mientras ella argumenta haber votado responsablemente tras consultar expertos, sus críticos demandan que los representantes reflejen directamente las preferencias ciudadanas, independientemente de consideraciones técnicas.

La democracia panameña enfrenta una encrucijada: permitir que estos procesos continúen sin reforma arriesga convertir la revocatoria en herramienta de venganza personal y chantaje político. Sin embargo, restringir excesivamente el mecanismo podría debilitar la participación ciudadana legítima. La solución requiere equilibrar el control popular con la protección contra abusos, fortaleciendo tanto los requisitos de admisibilidad como las garantías del debido proceso. Solo así la revocatoria cumplirá su propósito original: ser herramienta de empoderamiento ciudadano, no de instrumentalización política.

Preguntas frecuentes sobre la revocatoria de mandato en Panamá

¿Qué es la revocatoria de mandato?
Es un mecanismo democrático que permite a los ciudadanos solicitar la remoción anticipada de un funcionario electo, en este caso un diputado, antes de que termine su periodo constitucional, mediante la recolección de firmas y un referéndum.

¿Cuáles son los requisitos para iniciar una revocatoria?
Se debe cumplir al menos un año de gestión del funcionario y recolectar firmas equivalentes al 30% del padrón electoral del circuito o distrito donde fue electo. Además, la solicitud debe encajar en causales constitucionales específicas.

¿Cuántas firmas se requieren para la revocatoria de Paulette Thomas?
Son necesarias 50,162 firmas válidas, que representan el 30% de los electores del circuito 8-3 donde fue electa, a ser recolectadas en un plazo de 120 días.

¿Quién puede solicitar una revocatoria de mandato?
Cualquier ciudadano panameño, siempre que la solicitud cumpla con los requisitos legales y constitucionales establecidos.

¿Qué motivos se consideran válidos para una revocatoria?
Según la Constitución, sólo ciertos motivos como cambio de residencia electoral, condena por delito doloso, u oposición popular mediante referéndum, pueden justificar la revocación.

¿Cómo afecta la revocatoria a la democracia?
Es un mecanismo de control ciudadano que puede fortalecer la democracia, pero también puede ser usado con fines políticos o personales, lo que puede generar inestabilidad y debilitar la gobernabilidad.

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