La Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional mantiene en agenda para su discusión el proyecto de Ley No.327 destinado a evitar que los servicios de telecomunicaciones prestados bajo la modalidad prepago o a través de líneas que no se encuentren registradas a nombre del titular del servicio, sean utilizados indebidamente para llevar a cabo actividades delictivas.
La iniciativa establece una regulación especial que obliga a todas las empresas concesionarias, los distribuidores, los agentes autorizados y los revendedores de telefonía móvil, fija y troncal, los Internet cafés, las Infoplazas y las redes de comunicación que prestan dichos servicios y/o los comercializan, a identificar debidamente a todos y cada uno de sus usuarios y a informarles a éstos de sus obligaciones de registro y actualización de sus datos.
Autoridad Nacional de los Servicios Públicos
Mediante la normativa se autoriza a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos para que, mediante resolución, establezca las directrices que deberán seguir los concesionarios y usuarios de los servicios de telecomunicaciones bajo la modalidad de prepago para la implementación de los procedimientos de registro de datos y la fiscalización del cumplimiento de la Ley 51 de 18 de septiembre de 2009 y sus reglamentaciones.
Así mismo, el proyecto de ley obliga a los concesionarios de los servicios de telecomunicaciones a realizar una campaña de información a sus clientes y usuarios para hacer de su conocimiento la obligatoriedad de registrar y actualizar sus datos de identificación personal, lo cual se hará en forma gratuita para los usuarios.
Procedimientos alternos
La propuesta legislativa en referencia tiene a su vez la finalidad de establecer procedimientos alternos que permitan a los concesionarios de los servicios de telecomunicaciones en modalidad prepago utilizar los mecanismos tecnológicos disponibles en las labores de conservación, protección y suministro de datos de los usuarios de estos servicios, lo cual agilizará el proceso de registro y ofrecerá mayores herramientas a dichos operadores para el efectivo cumplimiento de sus obligaciones.
Se establece la utilización de “call centers”, páginas web, el envío de SMS, IVR y el sistema biométrico, entre otros, para este fin.