Por: Markelda Montenegro de Herrera. – Directora Nacional de la Mujer.
La noción de igualdad, como un derecho humano, ha sido objeto de pronunciamientos a nivel de la doctrina, la jurisprudencia y se encuentra consagrado en nuestra constitución Política, y en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Panamá.
En este concepto, se desprende la inseparable dignidad esencial de la persona, frente a la cual es incompatible toda situación que, por considerar de manera diferente a un determinado grupo, conduzca a tratarlo con privilegio; o a la inversa, por considerarlo inferior, se trate de forma discriminada, para el goce de derechos. Es inadmisible, crear diferencias de tratamiento entre seres humanos que no se correspondan con su única e idéntica naturaleza.
En nuestra sociedad, está prohibida toda discriminación motivada por origen étnico, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Sin embargo, pese a los esfuerzos de gobierno y organizaciones de mujeres, todavía en algunos espacios, desconocen que la mitad de la población mundial, representada en las mujeres, esta amparada por la IGUALDAD ANTE LA LEY, COMO PRINCIPIO ESENCIAL DE LA DEMOCRACIA Y EL ESTADO DE DERECHO.
El Secretario General de la ONU, ha reiterado, que no se podrá cumplir los Objetivo de Desarrollo del Milenio, si no se logra la meta del Objetivo No. 3 de la igualdad de género, que descansa sobre tres pilares: Autonomía, Participación Política y empoderamiento de las mujeres.
Este año, Declarado por la Organización de Estados Americanos, a través de la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM), como el Año Interamericano de la Mujer, con el lema “Mujeres y poder: Por un Mundo con Igualdad” nos convoca a revisar los aportes de las mujeres, los avances, retos y temas pendientes, lo que incluye revisar las legislación que garantice nuestros derechos, en un plano de igualdad de oportunidades.
El Gobierno Nacional a través del Instituto Nacional de la Mujer, coordina con todos los sectores gubernamentales y no gubernamentales y organizaciones de mujeres, para cumplir sus objetivos, con la asesoría del CONAMU.
En estos momentos, el INAMU, desarrolla la Consulta Nacional para el Diseño de la Política Pública de Igualdad de Oportunidades, y participa en importantes debates para modificar la legislación, como la consulta nacional para revisar la Ley 38 ser Violencia Domestica y maltrato al niño, niña y adolescente, donde la Comisión de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Familia, preside este esfuerzo, con el apoyo técnico del INAMU, el Órgano Judicial y el Ministerio Público.
La paridad política, es otro de los temas que se debate a nivel regional y que fuera parte del Consenso del Brasilia, aprobado el 16 de julio de este año, donde 33 países de América Latina y el Caribe, entre otros temas, deciden fortalecer la ciudadanía de las mujeres, ampliar su participación en el proceso de toma de decisiones y esferas de poder, propiciando cambios en la legislación para obtener la paridad. Sobre este aspecto, el Foro de Mujeres de Partidos Políticos, organización No Gubernamental que forma parte del Consejo Nacional de la Mujer, se encuentra luchando para que en la Comisión Nacional de Reformas Electorales, se reconozca su participación en igualdad de condiciones, con derecho a voz y voto, y además lograr una muestra de férrea voluntad de consolidar la democracia, incorporando la aspiración de las mujeres y otras organizaciones como APARLEXA, de paridad política.
El camino hacia la igualdad y no discriinación, esta señalado de manera clara por Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) que en el artículo 1° establece lo siguiente:
“Artículo 1. A los efectos de la presente Convención, la expresión “discriminación contra la mujer” denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.”
En materia de Derechos Humanos, tan importantes como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el artículo 2, punto 1, se establece lo siguiente:
“Artículo 2. — 1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.”
En el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el artículo 26 dice lo siguiente:
“Artículo 26. Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.”
Tanto la Constitución Panameña, como la normativa internacional antes mencionada, consagra la igualdad del hombre y la mujer ante la ley; luego, ambos deben ser protegidos por ésta sin distinción alguna, se les reconoce los mismos derechos y de la igualdad de oportunidades para ejercer las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera, además de que se proscribe todo tipo de discriminación.
Dicho lo anterior, respaldamos las aspiraciones de las mujeres políticas, y esperamos que la democracia, como sistema político, garantice los derechos a la igualdad para hombres y mujeres, para que ese ideal de Aristóteles de la igualdad sustancial, no sea una quimera irrealizable.
Panamá, 9 de agosto de 2010.