El reglamento de Tránsito facultará a los oficiales de trasladar a los conductores en estado de embriaguez comprobada a la estación de policía más cercana, donde el infractor permanecerá un mínimo de dos horas. También obliga a las compañías de seguros a responsabilizarse de los daños causados por la negligencia de sus clientes.Así lo contempla el proyecto de Ley No.232 “que modifica la Ley 14 de 1993, por la cual se regula el transporte público de pasajeros y se dicta otras disposiciones”. Esta propuesta se mantiene, para su discusión y aprobación en primer debate, en la Comisión de Transporte de la Asamblea Nacional.
La iniciativa establece que las aseguradoras deben respaldar a los conductores implicados en accidentes automovilísticos, de modo que hagan frente a los daños causados.
“Sin embargo, en la actualidad notamos que estas compañías han tomado la práctica de rechazar este tipo de reclamos alegando que los atrasos en los pago de los asegurados desvinculan de responsabilidad a la compañía aseguradora ó incluyendo cláusulas donde se eximen de responsabilidad en casos de accidentes que resultasen producto del consumo de bebidas alcohólicas”, indicó su proponente, Héctor Valdés Carrasquilla.
Sostuvo que en otras legislaciones esta práctica no ocurre, puesto que se entiende que las aseguradoras asumen el riesgo cuando otorgan una póliza y la misma es por el tiempo establecido en el contrato de seguro y sin excusa de ningún tipo.
Para Carrasquilla con esta normativa se pretende el cumplimiento de las responsabilidades de las aseguradoras, de tal manera que la ciudadanía se sienta respaldada cuando adquiere un seguro de automóvil.