El Pleno aprobó mediante resolución el procedimiento para la designación del miembro de la Junta Directiva del Canal de Panamá que corresponde de la Asamblea Nacional, la cual esta compuesta por once directores.
De acuerdo con el procedimiento, los honorables diputados realizarán la postulación formal de candidatos ante el Pleno, se agrega que las postulaciones deberán presentarse por escrito y ser firmadas por uno o más diputados.
Se destaca que los candidatos deben ser de nacionalidad panameña, con reconocida probidad, no haber sido condenado por el Órgano Judicial por delito doloso o contra la administración pública.
Los candidatos no deben tener, al momento de su designación, parentesco con otros directores dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad y poseer título universitario o preparación equivalente.
Se señala que los requisitos podrán comprobarse mediante certificado de nacimiento o carta de naturaleza, certificado de antecedentes penales y copia auténtica de títulos universitarios o equivalente.
Se agrega que cada postulación podrá ser sustentada en el pleno, mediante el uso de la palabra hasta por quince minutos.
Se añade que concluida la postulación de candidatos, se procederá a la remisión de la postulación y de los documentos que la acompañen a la Comisión de Credenciales, Justicia Interior, Reglamento y Asuntos Judiciales, para que los examine y presente el informe al pleno.
Se precisa que una se devuelva el informe, el pleno procederá a la elección del representante de la Asamblea Nacional ante la Junta Directiva del Canal de Panamá y será designado el candidato que obtenga los votos favorables de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea.
Se advierte que en caso que ninguno de los candidatos obtenga la mayoría absoluta, se celebrará seguidamente una nueva elección entre los dos candidatos más votados. Se destaca que en estos casos se declarará electo el que obtenga los votos favorables de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional.