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Imposición de medidas cautelares para Diputado Mario Lazarus

Feb 27, 2018
Imposición de medidas cautelares para Diputado Mario Lazarus
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En audiencia celebrada este lunes 26 de febrero de 2018, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en función de Tribunal Colegiado, y por decisión mayoritaria, autorizó la imposición de medidas cautelares personales y reales a un diputado de la Asamblea Nacional, dentro de la investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito de homicidio culposo agravado, en perjuicio de una menor de 14 años edad (q.e.p.d.), producto de un atropello a la altura del corregimiento de Buena Vista de la provincia de Colón, hecho ocurrido el pasado 27 de diciembre del 2017.

En ese sentido, el Tribunal Colegiado, presidido por el magistrado presidente encargado de la CSJ, Hernán De León Batista, e integrado por los magistrados Cecilio Cedalise, Luis Ramón Fábrega (con salvamento de voto), José E. Ayú Prado Canals, Jerónimo Mejía (con salvamento de voto), Oydén Ortega (con voto explicativo), Abel Augusto Zamorano, Wilfredo Sáez (suplente del magistrado Harry Díaz) y Asunción Alonso Mojica (suplente especial de la magistrada Angela Russo de Cedeño), quien actuó como relatora; impuso al hoy imputado las siguientes medidas cautelares personales y reales:

  • La obligación de reportarse los días 15 y 30 de cada mes;
  • La prohibición de salida del país sin autorización judicial; y
  • La suspensión de la licencia de conducir mientras dure el proceso.
  • Al igual que la medida cautelar real de aprehensión provisional del vehículo objeto de la presente investigación, por el periodo de 45 días prorrogables, a fin de concluir las experticias de los peritos sobre el mismo.

Esta decisión se da luego de un receso de casi 5 horas, en donde los magistrados analizaron los argumentos de las partes, y consideraron como fundamento que la petición de la magistrada fiscal se ajusta a derecho; además de ser necesarias y proporcionales al hecho investigado. Aclararon que esta aplicación de las medidas cautelares no son una pena anticipada de la causa.

En cuanto a la petición de la querella, de la obligación de mantenerse detenido en su propio domicilio, el Pleno la rechazó al determinar que el abogado no fundamentó los riesgos procesales ni las razones para imponer esta medida.

El magistrado Oydén Ortega dio un voto explicativo, basado en que las medidas cautelares pueden variar con el avance de la investigación, sin embargo no se opuso a lo decidido por la mayoría.

El salvamento de voto del magistrado Luis Ramón Fábrega se fundamentó en que la medida más cónsona a este delito era la solicitada por la querella, de mantenerse en su domicilio.

Mientras que el salvamento de voto del magistrado Jerónimo Mejía, se basó en que además de las medidas solicitadas por la magistrada fiscal también debió aplicarse la medida peticionada por la querella.

Argumentos y solicitudes de las partes

En el acto de audiencia, la magistrada fiscal Russo de Cedeño, solicitó 4 medidas cautelares por considerarlas necesarias y proporcionales, entre ellas, la obligación de reportarse el hoy imputado los días 15 y 30 de cada mes; la prohibición de salida del país sin autorización judicial; la suspensión de la licencia de conducir mientras dure el proceso, y la medida real de aprehensión del vehículo objeto de la presente investigación, por el periodo de 45 días prorrogables, a fin de concluir las experticias de los peritos.

Por su parte, el abogado representante de la querella Arquimedes Sáez, no presentó oposición a las medidas solicitadas por la magistrada fiscal, sin embargo, adicionó la obligación de mantenerse en su propio domicilio, por considerar que existe peligro de fuga y desatención al proceso del imputado.

Al respecto, el defensor particular Roberto Cueto, rechazó las medidas cautelares solicitadas, considerándolas como excesivas, por lo cual solo accedió a la prohibición de salida del país y la suspensión de la licencia de conducir mientras dure el proceso.

Explicó que su defendido ha estado presente durante el proceso, y ha participado en todas las diligencias judiciales que se han realizado.

Las medidas cautelares impuestas al hoy imputado de 63 años de edad, son producto de la solicitud que hizo la magistrada fiscal, Angela Russo de Cedeño, luego de la audiencia de complementación de imputación celebrada el pasado 16 de febrero, en donde el magistrado de Garantías, Harry Díaz, dio por presentada la misma por la presunta comisión del delito contra la vida e integridad personal, en la modalidad de homicidio culposo agravado, contra el diputado de la Asamblea Nacional.

La audiencia, que concluyó a las 4:30 p.m., se realizó en el salón de audiencias del Segundo Tribunal Superior de Justicia, ante los magistrados del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, como Tribunal Colegiado, como lo establece el artículo 490 del Código Procesal Penal.

Tags: Asamblea NacionalMario Lazarus
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