La escogencia del presidente de la Corte Suprema de Justicia se realizará en enero próximo, en presencia de los dos nuevos magistrados que el Órgano Ejecutivo proponga y que la Asamblea Nacional ratifique, si tiene a bien antes del 31 de diciembre, de aprobarse el proyecto de ley No. 56, explicó el diputado Jorge Alberto Rosas.
La iniciativa fue aprobada en segundo debate por el pleno de diputados, en ausencia de los miembros de la bancada de oposición.
Precisó el diputado Rosas que la norma respeta el nombramiento cada dos años del presidente de la Corte Suprema de Justicia, los cuales inician a partir de enero de 2010, por lo que dijo “resulta obvio que deben participar de esa escogencia todos los miembros que van a ejercer el cargo en ese período”.
Opinó que resulta ilógico pensar que un miembro saliente, que no va a ejercer el cargo en el momento en que el nuevo presidente inicie su período, tome parte del proceso que se realizará para la elección del dignatario que ocupará ese cargo.
“Es algo parecido como si en la Asamblea Nacional, los diputados salientes el pasado 30 de junio hubieran elegido al presidente para el año legislativo que va de julio de 2009 al 30 junio de 2010”, agregó, al tiempo que aseguró que la modificación que propone el proyecto de ley No. 56 es más cónsono con la realidad.
Destacó que la modificación dará a los nueve magistrados que habrán de ocupar los cargos y que ejercerán la función de administrar justicia, la oportunidad de escoger a quién quieran como presidente de la máxima corporación de justicia.
Informó que los nuevos magistrados se incorporarán a la sala Penal y a la contencioso administrativa.
El proyecto mantiene el principio de nombramientos escalonados que consigna la Constitución Política, y solo afecta la fecha de elección del presidente y vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia, así como de los presidentes de las respectivas salas de la corporación de justicia que cambia de octubre a enero.
El proyecto de ley No. 56 fue presentado por el Ministro de Gobierno y Justicia, José Raúl Mulino, el día 21 de septiembre de 2009, para corregir lo establecido en el artículo 74 del Código Judicial, el cual facultaba la realización del proceso de escogencia de los nuevos miembros de la Corte en el mes de diciembre, cada dos años, lo que coincidía con la terminación del período de sesiones ordinarias de la Asamblea Nacional, antes de la reforma a la Constitución en el año 2004.