Un grupo reducido de diputados, lamentablemente, ha manifestado públicamente su interés de entorpecer el debate del Proyecto de Ley No. 402, que adecúa el funcionamiento de la Sala Quinta de la Corte Suprema de Justicia, mediante la presentación de anteproyectos de ley. Este detalle ha sido revelado en los diarios Crítica Libre y La Prensa, publicados el 28 de enero del presente.
La estrategia revelada consiste en presentar un número elevado de anteproyectos con el propósito de detener el avance del debate, de tal forma que no se pueda concluir con la discusión, ni alcanzar la votación, aprovechando de manera inocua las normas del Reglamento Orgánico del Régimen Interno, que permiten la presentación de anteproyectos precedidos de hasta 30 minutos para sustentar la motivación de los mismos.
Con preocupación nos hemos enterado por las publicaciones periodísticas ya referidas, que este grupo reducido de diputados, cuenta con una batería de 60 iniciativas legislativas.
La situación expuesta causa gran preocupación porque de concretarse las estratagemas planificadas, el Primer Órgano del Estado panameño se vería estancado por varias semanas sin avanzar en sus importantes tareas.
Las actas del presente período constitucional demuestran que ninguna bancada ha presentado tal número de propuestas legislativas en tan corto período, lo cual aunado a la información revelado por los medios escritos, nos llevan a la conclusión, que se está utilizando de forma equivocada la iniciativa legislativa, consagrada a favor de los miembros de este Parlamento.
Se encuentran pendientes de discusión, en la presente legislatura, un número significativo de proyectos en tercer y segundo debate que pueden significar un avance positivo para el país.
La mayoría de los miembros de este Parlamento no pueden permanecer impávidos ante la operación desplegada por un grupo reducido de diputados.
La utilización de estas estrategias dilatorias con el fin de evitar o entorpecer la promulgación de leyes, función principal del Órgano Legislativo, contraviene el artículo 159 de nuestra Constitución Nacional, atentando contra la institucionalidad y democracia de nuestro país.