La Dirección de Organización Electoral de Panamá Centro procedió a la remoción de la propaganda electoral que estaba colocada en áreas verdes (árboles) en las avenidas Federico Boyd y Manuel Espinosa Batista, este viernes 3 de agosto.
De acuerdo con el artículo 237, numeral 11 del Código Electoral, queda prohibida la colocación de propaganda electoral fija, incluyendo pegar, pintar o empapelar en los siguientes lugares: enárboles, palmas, arbustos o cualquier otro sitio en que se vea afectado el sistema ecológico o medioambiente.
Esta norma también prohíbe la colocación de propaganda electoral en edificios, monumentos públicos, pasos elevados, estructuras públicas adyacentes, casetas de peaje en las autopistas, coliseos deportivos públicos, sitios de interés histórico y cultural, hospitales, asilos, colegios, iglesias y templos.
Igualmente señala que está prohibida la colocación de las propagandas electorales en señales, semáforos y leyendas de tránsito en las carreteras, calles o caminos; en tendidos eléctricos y telefónicos.
Debido a una denuncia telefónica a la Dirección Nacional de Organización Electoral, se procedió a la inspección y decomiso de la propaganda electoral en estas avenidas y se abrió un expediente para la investigación correspondiente.