El aumento de las sanciones de privación de libertad hasta 12 años en caso de homicidio doloso y el cambio de filosofía del documento que consiste en la condena del delito constituyen puntos cardinales del proyecto de Ley No.41, que modifica la Ley 40 sobre menores infractores, el cual se aprobó este martes en primer debate en la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional.
“Hay dos principios que se están modificando: uno que está contenido en el proyecto de ley que presentó el Ejecutivo, que es bajar la edad de imputabilidad de los menores, y el segundo, cambiar la filosofía propia del proyecto, ya no a proteger exclusivamente los derechos de los menores, sino asegurar que la acción pública de investigar y condenar el delito sea efectiva”, explicó Rosas.
Aseguró además que muchas de las modificaciones a la Ley No. 40 provienen de los órganos Ejecutivo y Judicial, especialmente en la jurisdicción de los menores.
Por su parte, la magistrada presidenta del Tribunal Superior de la Niñez y la Adolescencia, Judith Cossú de Herrera, advirtió de que la víctima deber ser parte, presentar querella y debe poder presentar recursos, porque, afirmó, le parece que es lo justo dentro de un sistema procesal.
El documento establece mayores derechos a la persona ofendida o víctima del delito, de manera que pueda contar con protección si se considera que existe riesgo para su vida o integridad física.
El Gobierno aprobó en el 2009 mediante Decreto Ejecutivo No.38 la creación de una Comisión Técnica presidida por el Ministerio de Gobierno y Justicia, la cual se conformó con personas designadas por el Ministerio de Educación, el Ministerio de Desarrollo Social, el Ministerio Público y el Órgano Judicial.