El Pleno Legislativo aprobó en tercer debate el proyecto de ley No. 86 que suspende la ley 37 de 29 de junio de 2009, “Que descentraliza la Administración Publica” hasta el 30 de junio de 2014, y restablece, por igual termino la vigencia de varias disposiciones legales.
La propuesta contempla que durante el término de los (5) años para el cual fueron electos, los Representantes de Corregimientos que laboren en Entidades del Estado gozaran de Licencia con sueldo. El tiempo de licencia será reconocido para efectos de jubilación, sobresueldos, vacaciones, aumentos de salario, décimo tercer mes y cualquier otro derecho de prestación que tengan los Servidores Públicos.
Por otro lado La Junta Comunal estará compuesta por el Representante de Corregimiento, quien la presidirá el corregidor, cinco (5) ciudadanos representativos y residentes en el Corregimiento, quienes serán designados por el Representante de Corregimiento.
Las Juntas Comunales deberán organizar obligatoriamente las Juntas Locales en cada una de las comunidades, barrios, o regidurías del respectivo corregimiento, las cuales serán organismos auxiliares de aquellas.
Podrán pertenecer a las Juntas Locales las personas mayores de 16 años de edad residentes en la comunidad.