viernes, junio 13, 2025
  • Home
  • Contacto
tupolitica.com
  • Gobierno
    • Presidencia de la República de Panamá
    • Ministerio de Comercio e Industrias
    • Ministerio de Desarrollo Social
    • Ministerio de Economía y Finanzas
    • Ministerio de Educación
    • Ministerio de Gobierno y Justicia
    • Ministerio de Obras Públicas
    • Ministerio de Relaciones Exteriores
    • Ministerio de Seguridad Pública
    • Ministerio de Salud
    • Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral
    • Ministerio Público
  • Asamblea Nacional de Diputados
  • Partidos Políticos
    • PRD
    • Cambio Democratico
    • Partido Panameñista
    • Realizando Metas
    • Movimiento Otro Camino
    • Partido Alianza
    • Partido Alternativa Independiente Social
  • Tu político
    • José Raúl Mulino
    • Javier Martínez-Acha
    • Julio Moltó
    • Ricardo Martinelli
    • Ricardo Lombana
    • Martín Torrijos
    • Rómulo Roux
    • José Isabel Blandón
    • Zulay Rodríguez
    • Juan Carlos Varela
    • Juan Diego Vásquez
No Result
View All Result
tupolitica.com
Home Asamblea Nacional de Diputados

Modificarán artículo sobre los servicios de escolta para expresidentes

Jul 15, 2014
Modificarán artículo sobre los servicios de escolta para expresidentes
Comparte en FacebookCompártelo en XEnvíalo por correo

El diputado Juan Carlos Arango, presentó el anteproyecto de ley que modifica el artículo 1 de la ley 55 de 1996 sobre los servicios de escolta y seguridad nacional a expresidentes de la República.

El diputado Arango indicó que la seguridad es un tema de Estado y que los panameños vivimos entre la percepción y la realidad, tras hacer una analogía de la situación que en materia de seguridad existe en las calles, por lo que sugirió darle seguimiento a los presupuestos destinados a las entidades encargadas de la seguridad ciudadana.

El artículo 1 modificado de la ley 55 de 1996 establece: “Se autoriza a partir de la promulgación de la presente Ley, el servicio de escolta y seguridad personal a favor de todos los ciudadanos que, elegidos por votación popular directa, hayan ocupado el cargo de Presidente de la República en calidad de titular, así como su cónyuge o quien desempeñe las funciones de primera dama de la República”.

“El beneficio a que se refiere el presente artículos será aplicado por un término de diez años a las ciudadanas que se hayan desempeñado como primera dama de la República. El beneficio que se refiere el presente artículo será aplicado por un término de cinco años a los hijos del ciudadano que haya ocupado el cargo de presidente de la República en calidad de titular”, indica el artículo.

Tags: Asamblea Nacional de Diputados
ShareTweetSend

Análisis de la política de Panamá

tupolitica.com - logo en azul

Puede contactarnos también a través del correo electrónico [email protected]

Redes sociales:

  • Home
  • Contacto

Todos los derechos reservados © 2025

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password?

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In

Add New Playlist

No Result
View All Result
  • Gobierno
    • Presidencia de la República de Panamá
  • Asamblea Nacional de Diputados
  • Política De Estado
    • Ministerio de Comercio e Industrias
    • Ministerio de Desarrollo Social
    • Ministerio de Economía y Finanzas
    • Ministerio de Educación
    • Ministerio de Gobierno y Justicia
    • Ministerio de Obras Públicas
    • Ministerio de Relaciones Exteriores
    • Ministerio de Salud
    • Ministerio de Seguridad Pública
    • Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral
    • Ministerio Público
  • Partidos Políticos
    • PRD
    • Cambio Democratico
    • Partido Panameñista

Todos los derechos reservados © 2025