Por: Cristóbal Chen / Foto: Martín Castillo
El proyecto de ley 177 que dicta medidas para promover el desarrollo sostenible de la aviación comercial, reforma normas laborales y penales, fue aprobado por el Pleno Legislativo en tercer debate con nuevas disposiciones en materia de estudios de impacto ambiental.
La propuesta presentada por el ministro de Gobierno y Justicia, José Raúl Mulino, fue aprobada con 42 votos a favor, 17 en contra y ninguna abstención.
Opiniones de los diputados
El diputado del panameñismo Miguel Fanovich, afirma que el proyecto de ley promoverá el desarrollo sostenible y la igualdad en el país, mientras que los diputados del PRD aseguran que las nuevas normas laborales “acabará con los sindicatos”.
Fanovich desmintió que se esté eliminando los estudios de impacto ambiental porque en los proyectos hidroeléctricos y mineros se mantendrán y fortalecerán.
Contenido de la propuesta
El artículo 27 establece que cuando algún miembro de la Fuerza Pública sea denunciado, querellado o procesado por la presunta comisión de un delito en el servicio o cumplimiento del deber, por motivo del uso de la fuerza excesiva e injustificada, no se ordenará su detención preventiva, ni se decretará la suspensión provisional del cargo público.
Normas laborales
El artículo 12 contempla que el empleador no estará obligado a descontar a sus trabajadores a favor de un sindicato las cuotas sindicales ordinarias y extraordinarias que se establezca. El trabajador que desee pagar las cuotas sindicales fijadas por su sindicato, deberá pagarlas de manera voluntaria.
Disposiciones penales
Se establecen penas de prisión de 5 a 10 años, a la persona que falsifique o altere, total o parcialmente un pasaporte panameño, la cédula de identidad personal, la licencia de conducir o visas.
De igual forma, será sancionado con penas de cárcel de 2 a 4 años, a quien al momento de ingresar al país, omita declarar o declare cifras que no correspondan con el dinero, valores o documentos negociables que porten en cantidad superior a los 10 mil balboas.
Estudios de impacto ambiental
El artículo 32 señala que las actividades, obras o proyectos que por su naturaleza o características puedan generar riesgo ambiental requerirán de un estudio de impacto ambiental previo al inicio de su ejecución.
Estas actividades, obras o proyectos deberán someterse a un proceso de evaluación de impacto ambiental, incluso aquellos que se realicen en la cuenca del Canal de Panamá y las comarcas indígenas.