Mediante fallo de 31 de octubre de 2014, la Sala Tercera de la Corte, declaró ilegal el Decreto No. 161 de 8 de octubre de 2010, emitido por el Ministro de Seguridad Pública, por medio del cual se destituyó al Subcomisionado Mauricio Nelson Marquínez. Al declarar ilegal la destitución, la Sala ordenó el reintegro del funcionario a la posición que mantenía en la Policía Nacional antes de la destitución declarada nula.
En la Sentencia suscrita por el Magistrado Víctor Benavides, como ponente, y el Magistrado Abel Zamorano, integrante de la Sala, se llegó a la conclusión que el proceso disciplinario seguido al funcionario se dio el margen del cumplimiento de una serie de formalidades y elementos indispensables para la garantía de un proceso justo. El fallo cuestiona el hecho que la autoridad encargada de la investigación en la Policía Nacional, haya realizado una serie de diligencias, entre ellas, inspecciones y pruebas científicas sin contar con una orden motivada y fundada de la autoridad competente; el mismo señala: “que no sólo se infringe el debido proceso legal, sino que por encime de éste, se ha violado el principio de legalidad, puesto que se constata que las actuaciones administrativas que consintieron la violación de los derechos del acusado, se produjeron en contra de las formas y procedimientos claramente establecidos en el Régimen de Disciplina de la Policía Nacional, es decir, en contravención del ordenamiento disciplinario aplicable a los miembros de la Policía Nacional”.
Finalmente, la posición sostenida por la mayoría de la Sala, hace énfasis en que si bien la autoridad nominadora gozaba de discrecionalidad a la hora de disponer del cargo del funcionario, lo cierto es que la Ley Órganica de la Policía Nacional y su reglamentación, son claros al establecer que es la Junta Disciplinaria la que, una vez cumplido el procedimiento, recomendará al Órgano Ejecutivo si amerita o no destitución, no siendo una potestad absoluta del Ministro del ramo la de disponer de las posiciones de los miembros de la Policía Nacional, pasando por encima del derecho a estabilidad laboral y la antigüedad de los funcionarios de la Carrera Policial.
El fallo contó con el Salvamento de Voto, del Magistrado Efrén Tello.
Secretaría de Comunicación
Panamá, 25 de febrero de 2015
Foto: Telemetro