Desde el inicio de su gestión, el Gobierno de la República de Panamá ha promovido un ambiente de amplia democracia, reconociendo y respetando los derechos de los ciudadanos a expresarse y manifestarse por medios pacíficos.
El Gobierno de la República de Panamá en uso de sus facultades legales y constitucionales, garantizará de manera enérgica el derecho de todos los panameños de circular libremente.
Así lo expresó el ministro de Seguridad Pública Rodolfo Aguilera, al tiempo que en representación del Gobierno hizo un llamado a quienes se sientan en la necesidad de protestar, a ejercer su derecho de manera pacífica, sin perjudicar a personas no relacionadas con sus aspiraciones, y a construir entre todos el país que aspiramos.
Desde el inicio de su gestión, el Gobierno de la República de Panamá ha promovido un ambiente de amplia democracia, reconociendo y respetando los derechos de los ciudadanos a expresarse y manifestarse por medios pacíficos.
Tanto el Presidente de la República, la Vicepresidenta, así como los Ministros de Estado y otros funcionarios, han dedicado tiempo y esfuerzo a distintas situaciones a lo largo del país, siempre en búsqueda de la paz social.
El Gobierno reconoce que su poder emana del Pueblo, el cual tiene consagrado su derecho a manifestarse sobre pasados y recientes problemas que le afecten, sin embargo, en los últimos días, el país ha sido testigo de medidas arbitrarias que ha afectado no solo actividades de desarrollo importantes, sino especialmente el derecho al libre tránsito de nacionales y extranjeros.
Es necesario recordar que el Artículo 27 de la Constitución Nacional dispone que “toda persona puede transitar libremente por el territorio nacional…” y que el Artículo 38 de dicha Carta Política señala que: “Los habitantes de la República de Panamá tienen derecho a reunirse pacíficamente y sin armas para
fines lícitos. La manifestaciones o reuniones no están sujetas a permiso y solo se requiere para efectuarlas aviso previo a la autoridad administrativa local, con anticipación de veinticuatro horas.
La autoridad puede tomar medidas de policía para prevenir o reprimir abusos en el ejercicio de este derecho, cuando la forma en que se ejerza cause o pueda causar perturbación del tránsito, alteración del orden público o violación de los derechos de terceros”.
También es conveniente precisar que, en desarrollo de la referida norma constitucional, el Artículo 167A del Código Penal, establece que: “Quien, abusando de su derecho de reunión o manifestación, mediante uso de la violencia, impida u obstaculice el libre tránsito de vehículo por las vías públicas del país y cause daños a la propiedad pública o privada, será sancionado con prisión de seis meses a dos años”.