- La empresa realizó trabajos de relleno no autorizados.
- Pretendió convertir en tierra firme áreas de fondo de mar, no previstas en el anteproyecto originalmente presentado.
Grupo F Internacional tiene cuatro parcelas que ocupa en tierra firme, y por las cuales no paga ni un centavo. ¿La razón? La empresa exige el mismo canon que pagan otros concesionarios de Amador: 6 dólares de renta fija anual por metro cuadrado, más una renta variable de 2.4% sobre sus ingresos. El canon de Grupo F Internacional es de 10 dólares por metro cuadrado, pero no paga renta variable.
Además de esto, firmó en 2002 con la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) dos contratos de concesión, uno para “construcción y operación de una terminal marítima de cruceros, marina turística, helipuertos, club de playa y para brindar servicios propios de una terminal de cruceros” y otro como complemento del contrato anterior, que será destinado para la ampliación, construcción y operación de la segunda fase de la terminal marítima de cruceros, marina turística, club de playa para realizar las mismas actividades, con un área de ribera y fondo de mar de 37,257.31 metros cuadrados y 40,000 mil metros cuadrado respectivamente en el área de Amador.
Sin embargo, Grupo F Internacional incumplió las obligaciones que había acordado en los contratos de concesión. Por ejemplo: rellenó más del doble, y lo que es peor, lo hizo sin contar con la autorización expresa de la AMP.
No solo eso. Al haber cerrado completamente los polígonos concesionados mediante trabajos de relleno no autorizados, pretendió convertir en tierra firme áreas de fondo de mar, no previstas en el anteproyecto originalmente presentado.
Frente a esta situación, el administrador de la AMP, mediante nota ADM No. 1998-10-2006-PLANIF de 26 octubre de 2006 ordenó suspender los trabajos de relleno y solicitó la remoción de todo el relleno que se había hecho hasta esa fecha, ya que según argumentaron las autoridades, las obras no concordaban con lo pactado en los contratos. Esta orden fue demandada antela Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia y la Corte se pronunció a favor de la AMP.
En mayo de 2007 la AMP comunicó al Grupo F. Internacional su intención de resolver administrativamente los contratos de concesión “debido al incumplimiento del objeto para el cual fueron otorgados”.
Ante esta situación, el entonces representante legal de Grupo F Internacional, Jean Figali presentó otro recurso ante la Corte Suprema de Justicia para que se declare inconstitucional el artículo 106 de la ley 56 de 27 de diciembre de 1995 (ley de contrataciones públicas), el cual según la empresa debía ser aplicado por AMP al resolver los descargos presentados por Grupo F la orden de la AMP. Sin embargo, la Corte se encuentra pendiente de un pronunciamiento.
Hasta febrero de 2009, la empresa adeudaba 16.3 millones de dólares en alquiler, pero esa cifra fue “ajustada” atendiendo un derecho de equiparación que reclamó Figali, y que le fue reconocido por la Sala Tercera de la Corte Suprema.
En el caso del Grupo F. Internacional, S.A. la morosidad en una de las fincas (Parcela 6) es de 4 millones 55 mil 639 dólares con 35 centésimos. Esta empresa no ha abonado nada a su deuda, debido a un proceso en la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia que podría, tras la emisión de una resolución en firme, liberarla para disponer de ella en venta o arrendamiento.
En tanto, la segunda empresa del grupo tiene una morosidad de 14 millones 271 mil 137 dólares con 59 centésimos, de los cuales ha abonado 500 mil dólares.