El día 14 de enero de 2010 será instalada la Comisión Nacional de Reformas Electorales, compuesta por representantes de todos los partidos políticos legalmente constituidos, de la sociedad civil y los magistrados del TE, según quedó establecido en el Decreto 28 emitido por la Sala de Acuerdos del Tribunal Electoral.
La comisión tendrá la responsabilidad de asistir al Tribunal Electoral en la preparación del proyecto de ley que contempla hacer reformas al Código Electoral, de cara a las elecciones generales del 4 de mayo de 2014.
Según el documento, la Comisión Nacional de Reformas Electorales quedó integrada de la siguiente manera,
Miembros con derecho a voz y voto:
- El Tribunal Electoral
- Cada uno de los seis partidos legalmente constituidos
- El Foro Ciudadano Pro Reformas Electorales
Miembros con derecho a voz:
- El Órgano Ejecutivo
- La Asamblea Nacional
- La Fiscalía General Electoral
- La Defensoría del Pueblo
- Cada uno de los partidos políticos en formación, debidamente reconocidos como tales ante el Tribunal Electoral
- El Foro Nacional de Mujeres de Partidos Políticos
- La Asociación de Parlamentarias y Ex Parlamentarias de la República de Panamá
- El Frente Nacional para la Defensa de los Derechos Sociales y Económicos (FRENADESO).
- El subdirector Nacional de Organización Electoral del Tribunal Electoral, en su condición de Secretario de la Comisión. El Director de Organización Electoral, quien ejercerá las funciones de subsecretario, para reemplazar al secretario en sus ausencias
- Quienes reciban cortesía de sala.
El decreto establece que, con excepción del Tribunal Electoral que votará solamente en caso de empate, los demás miembros con derecho a voz y voto deberán acreditar a un principal y dos suplentes, uno de los cuales como mínimo debe ser del género femenino. También los miembros con derecho a voz deberán acreditar un principal y hasta dos suplentes, uno de los cuales deberá ser del género femenino.
Como quiera que el Foro Ciudadano Pro Reformas Electorales se ha integrado con cuatro áreas ciudadanas específicas, acreditará a cuatro representantes con sus respetivos suplentes, que tendrán derecho a voz y voto de la siguiente manera: Uno por el área académica, uno por las organizaciones no gubernamentales, uno por los gremios de la empresa privada y uno por los gremios de los trabajadores.
La Comisión Nacional de Reformas Electorales ejercerá funciones hasta que el Tribunal Electoral cumpla con la presentación del proyecto de ley ante la Asamblea Nacional.